Plan Agrupado

Convocado por Resolución de 26 de Febrero de 2024, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas y Transformación digital de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación para el personal de las Entidades Locales en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas(Afedap) para el ejercicio 2024.

Las acciones formativas que se publican son un avance de las que se han solicitado en el Plan de Formación Agrupado,  y que con posterioridad se irán publicando. La orden 173/2021 de 26 Noviembre de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas,  modifica las bases  reguladoras de las subvenciones y permite adelantar el inicio de las acciones formativas.

Estas subvenciones tienen como finalidad impulsar y extender entre las Administraciones Públicas y sus empleadas/os una formación que responda a sus necesidades, orientada a mejorar su capacidad de gestión, de adaptación y de liderazgo de los procesos de cambio, así como el servicio público que se presta a la ciudadanía.

Así mismo, pretende aumentar los niveles de eficacia de las empleadas/os públicos de la Provincia de Guadalajara mediante su formación a través de las acciones formativas organizadas.

El Plan Agrupado está dirigido a las/os empleadas/os públicas/os de la Diputación de Guadalajara y de las Entidades Locales adheridas a dicho Plan y está subvencionado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

 

B A S E S

 

1.- Inscripción:
Quienes, reuniendo todos los requisitos exigidos en cada uno de los cursos, quieran participar en las actividades formativas previstas para esta convocatoria, deberán solicitarlo mediante instancia ajustada al modelo oficial aprobado.
El envío de las solicitudes será telemático, debidamente cumplimentada, y ello supone la aceptación expresa de las bases, normas y procedimientos que rigen cada una de las acciones formativas.
El consentimiento del superior jerárquico se entiende concedido desde el momento en que accede a participar en acciones formativas en las que haya resultado seleccionado.

2.- Tramitación de Solicitudes:
Las solicitudes para participar en las acciones formativas se realizaran a través de la pagina web de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara, apartado de Plan de Formación del Personal de la Administración Local o en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.- Requisitos de los participantes:
El Plan Agrupado de Formación va dirigido a empleadas y empleados públicos de la Diputación Provincial y de los Ayuntamientos y demás Entidades Locales de la provincia de Guadalajara adheridos al Plan Agrupado Diputación de Guadalajara.

4.- Plazo de presentación de solicitudes:
Con carácter general el plazo finalizará 15 días antes del inicio de cada acción formativa.

5.- Criterios de Selección:
Los criterios se ajustaran a los siguientes supuestos:

1- Adecuación de los solicitantes al perfil de los destinatarios de la acción formativa.
2- Solicitud perfectamente cumplimentada y presentada dentro del plazo establecido, entendiendo que la misma esta autorizada por el superior jerárquico.
3- Relación con el puesto de trabajo, desarrollo personal y promoción /movilidad profesional.
4- En caso de ser necesario, se tendrá en cuenta el número de acciones formativas en que haya sido seleccionado cada candidato/a.

5- Distribución de las plazas de manera equitativa entre Diputación Provincial, los Ayuntamientos y demás Entidades Locales, en base a su tamaño y demanda, siempre que sea posible.

Intentando como criterio general cubrir la totalidad de la demanda, condicionado, obviamente, todo ello, a la disponibilidad de recursos.

6- Relaciones priorizadas que remiten los Servicios de la Diputación con la propuesta de los jefes de servicio que soliciten la acción formativa, siempre que sea posible su admisión en el caso de que sea necesario.

6.- Admisión:
Una vez efectuada la selección definitiva de participantes, el Departamento de Formación comunicará por correo electrónico a los alumnos admitidos en cada actividad formativa, el aula en la que tendrá lugar el curso , la fecha, el horario, los docentes y cualquier otra información de interés. Será requisito imprescindible que el alumno seleccionado conteste a este correo electrónico confirmando su participación o su imposibilidad de participar en la acción formativa.
En caso de no asistir al curso deberán remitir su renuncia, si no comunican su inasistencia con cinco días de antelación al inicio de la misma sin causa excepcional que lo justifique, quedarán excluidos de la posibilidad de participar en cualquier otra actividad formativa durante el plazo de un año desde la fecha en que comience el curso.
La admisión a una acción formativa no implica el permiso de asistencia al mismo, debiendo solicitarlo él interesado en el departamento de RR.HH., de sus Entidades.

7.- Lugar de impartición:
Las acciones formativas se impartirán en las fechas y lugares que se indicarán en la comunicación de la admisión a las mismas. Las presenciales prioritariamente se realizarán en el Centro San José; y se enviará la información de la plataforma para poderse conectar, si son on-line.

8.- Información adicional:
Se podrá solicitar información adicional llamando al número de teléfono directo 949/ 887542, 949/ 887573 ext-169; escribiendo al correo electrónico admon.formacion@dguadalajara.es; o consultando la página web de Diputación Provincial: www.dguadalajara.es, en el apartado Áreas de Actuación / Formación / Plan de Formación

9.- Régimen de asistencia:
La inasistencia que no supere el 10 por 100 de la duración de cada acción formativa habrá de justificarse debidamente en el plazo máximo de 7 días desde el momento en que se produce. Transcurrido dicho plazo o si la justificación no se estimara suficiente, se denegará la emisión del certificado de participación. La inasistencia que supere el 10 por 100 de la duración de la acción formativa, cualquiera que sea su causa, impedirá la emisión del certificado y perderán cualesquiera otros derechos que pudieran corresponderles

10.- Alojamiento, manutención y desplazamiento:
El abono de gastos correspondientes a estos conceptos solo afectará a las acciones formativas programadas dentro del Plan Agrupado de Formación, y será de aplicación lo establecido en el artículo 8 de la orden 38/2017, de 8 de marzo de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla La- Mancha, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación para los empleados públicos de las entidades locales en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (Afedap)

11.- Exclusiones:
Se excluirán automáticamente todas las solicitudes de inscripción que:

12.- Valoración de las acciones formativas:
Las acciones formativas impartidas dentro del presente Plan de Formación Agrupado, no son objeto de valoración específica, no obstante cada Corporación podrá otorgarles la valoración conveniente en los procesos de provisión y de los diferentes procesos de selección de empleados públicos.

Para inscribirse en las acciones formativas hay que ir a menú cursos y solicitar curso.

La información completa (fecha de inicio, finalización, horas programas, etc) se irá publicando a medida que se vayan cerrando las diferentes acciones formativas.

 

 

 

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública

 

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

 

Fundamentos sobre la igualdad entre mujeres y hombres

 

Información básica sobre Inteligencia Artificial

 

Información y atención al público

 

Word básico

 

Excel básico

 

Gestión del estrés

 

Organización y competencias de la provincia y los municipios

 

Padrón de habitantes y obtención de cifras anuales oficiales de población

 

Gestión eficaz del tiempo

 

RDL 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

 

Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria

 

Función pública: Personal funcionario y personal laboral. Régimen disciplinario, régimen de compatibilidad

 

Gestión presupuestaria de las Entidades Locales

Manipulación Vehículo Eléctrico de Batería (BEV) y Vehículo Eléctrico Enchufable
Trabajos en altura con camión pluma
Trabajos en altura con plataforma elevadora
Manejo de máquinaria semipesada
Aplicación informática de hidrología denominada HEC-RAS
Formación específica en la atención especializada a personas mayores dependientes