Planes de Formación

 

***** IMPORTANTE*****

SI NO RECUERDAS EL USUARIO Y LA CONTRASEÑA PARA INSCRIBIRTE EN LAS DIFERENTES ACCIONES FORMATIVAS, PÍDELAS EN EL DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN.

 

RÉGIMEN FORMATIVO:

1.- El envío de la solicitud telemática debidamente cumplimentada supone la aceptación expresa de las normas y procedimientos que rigen las acciones formativas.

2.- Las personas seleccionadas deben contar con la autorización del superior jerárquico desde el momento en el que acepta la admisión a la acción formativa solicitada.

3.- La renuncia a una acción formativa sin justificación suficiente una vez confirmada y comunicada la admisión del alumno/a por parte del Departamento de Formación, será tenida en consideración para futuras convocatorias.

4.- Las personas seleccionadas que no observen las reglas elementales de respeto y consideración hacia personal docente, participantes o personal de Formación, podrán ser excluidas de las actividades formativas en las que estén participando y de futuras convocatorias.

5.- Sólo se certificará la asistencia a la acción formativa cuando se acredite la asistencia, como mínimo, al 85% de horas lectivas programadas.

 

El PLAN DE FORMACIÓN DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA para el presente año ha sido diseñado en dos direcciones muy concretas:

1.- PLAN DIPUTACION. Dirigido principalmente a empleadas/os de la Diputación Provincial.

2.-PLAN AGRUPADO DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. Dirigido a las empleadas/os públicos de las Entidades Locales adheridas a dicho plan.

  

PLAN DE FORMACIÓN CON FONDOS PROPIOS DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL

Financiado con fondos propios, está dirigido principalmente al personal de la Diputación Provincial, aunque también se programarán actividades formativas destinadas a todas/os las/os empleadas/os Públicos de las Entidades Locales de la Provincia de Guadalajara.

Su finalidad es apoyar los cambios organizativos necesarios en los diversos Servicios y Departamentos de la propia Diputación Provincial, así como apoyar a los Ayuntamientos y demás Entidades Locales de la provincia en aquellas demandas de formación, que sean posible, y que no se hayan podido recoger dentro del Plan Agrupado, por haber sido solicitadas a lo largo del año.

 

PLAN DE FORMACIÓN AGRUPADO DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA CON FONDOS DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA

Está financiado con fondos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Se convoca por Resolución de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación para el personal de las Entidades Locales en el marco del Acuerdo de formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP).

El objetivo general del Plan de Formación agrupado es capacitar a las/os empleadas/os públicos de la Provincia de Guadalajara para el desarrollo de los conocimientos adquiridos que les permitan afrontar los nuevos retos que exige la Administración Pública Local, para su modernización y la prestación de servicios de calidad.

 

CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LOS PARTICIPANTES EN LAS DISTINTAS ACCIONES FORMATIVAS.

PRIORIZACIÓN Y SELECCIÓN:

Como criterio prioritario la selección de los participantes en las actividades formativas se realizará por adecuación de los solicitantes al perfil de los destinatarios al que vaya dirigida la actividad formativa y a las tareas concretas de los puestos de trabajo.

Posteriormente serán de aplicación los siguientes criterios establecidos en el Plan de Formación Provincial:

1.- Solicitud perfectamente cumplimentada y presentada dentro del plazo establecido.

2.- Adecuación de los solicitantes al perfil de los destinatarios al que vaya dirigida la actividad formativa.

3.- Relación con el puesto de trabajo, desarrollo personal y promoción/movilidad profesional.

4.- Se tendrá en cuenta el número de acciones formativas en las que el solicitante haya sido admitido.

5.- Distribución de las plazas de manera equitativa entre las Entidades Locales, en base a su tamaño y demanda, de tal forma que nos sea posible atender al mayor número posible de solicitantes. No obstante, se intentarán programar las ediciones necesarias para cubrir la totalidad de la demanda, según permita la disponibilidad de recursos.

6.- Orden en la recepción de solicitudes.

7.- En aplicación del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, se valorará como criterio de participación a quienes se encuentren afectados por una discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33% y lo podrán hacer constar en su solicitud. En caso de ser seleccionado, podrán indicarse las adaptaciones que considere necesarias en el curso formativo.

8.-  De acuerdo con lo establecido en el artículo 60 de la Ley  Orgánica 3/2007, de 22 de Marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se otorgará preferencia, durante un año, en la adjudicación de plazas para participar en los cursos de formación a quienes se hayan incorporado  al servicio activo procedentes del permiso de maternidad o paternidad, o hayan reingresado desde la situación de excedencia  por razones de guarda legal y atención a personas mayores dependientes o personas con discapacidad. En las convocatorias de los correspondientes cursos de formación se reservará un 40 %, al menos, de las plazas para su adjudicación a aquéllos que reúnan los requisitos establecidos.

9.- Las/os empleadas/os públicas/os podrán recibir y participar en acciones formativas durante los permisos de maternidad, paternidad, así como durante las excedencias por motivos familiares.

10.- Se tendrá en consideración la renuncia a una acción formativa sin justificación suficiente una vez confirmada la admisión del alumno/a.

Sólo se certificará la asistencia a la acción formativa cuando se acredite la asistencia, como mínimo, al 85% de horas lectivas programadas. Es decir, el incumplimiento del requisito de asistencia a la acción formativa en el porcentaje de horas indicado, aún por causa justificada, imposibilitará su certificación.